Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas

Su determinación, en materia fiscal, no está condicionada a la demostración de que el contribuyente tenía trabajadores en el ejercicio revisado.

De conformidad con la fracción IX del artículo 123 constitucional el monto de las utilidades participables es la base del ISR, es decir, la prevista en el artículo 10 de la ley de la materia.

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