Plazo adicional para la presentación del dictamen fiscal

Facilidad de dos días adicionales aplicable incluso a quienes no presentaron su declaración.

De acuerdo con el oficio No. 75/2005-2006 del Instituto Mexicano de Contadores Publicos (IMCP), fechado el 28 de junio de 2006, el C.P. Enrique Prieto Díaz, Encargado de la Administración de Normatividad de dictámenes del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó de la facilidad para la presentación de los dictámenes fiscales del ejercicio de 2005 para que los mismos puedan ser presentados a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha establecida según el calendario indicado en la regla 2.9.15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, independientemente de que hayan presentado o no, la declaración de dicho ejercicio. De acuerdo con este comunicado, el calendario a que se refiere la regla 2.9.15. se modificaría para quedar como sigue: LETRAS DEL RFC FECHA DE ENVIO DEL DICTAMEN FECHA DE ENVIO DEL DICTAMEN (CON FACILIDAD DE DOS DÍAS) De la A a la F Del 23 al 27 de junio de 2006 Hasta el 29 de junio de 2006 De la G a la O Del 28 al 30 de junio de 2006 Hasta el 04 de julio de 2006 De la P a la Z y & Del 03 al 05 de julio de 2006 Hasta el 07 de julio de 2006 Cabe aclarar que en el comunicado del funcionario del SAT no se aclara si esta facilidad se publicará en el Diario Oficial de la Federación.  

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