- Fiscal
- octubre 12, 2020
Si autoridad cuestiona existencia de operación: Debe comprobarlo
TFJA debe declarar nulidad de resolución que niega derecho a devolución y constreñir a autoridad a comprobar.
Para acreditar el impuesto al valor agregado es indispensable cumplir con diversos requisitos, entre ellos, que el impuesto corresponda a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables para la realización de actividades distintas de la importación, gravadas, que haya sido trasladado expresamente en el comprobante, y que haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate.