¿Cuándo una resolución de autoridad conlleva una interpretación de la norma?

Por la que proceda el recurso de revisión fiscal.

El recurso de revisión fiscal será procedente sólo cuando en el juicio de nulidad de origen se hubiera impugnado una resolución emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Servicio de Administración Tributaria o las autoridades fiscales de las entidades federativas coordinadas en ingresos federales y, además, la materia del asunto verse sobre tres temas consistentes en:

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