Pago por almacenaje en recinto fiscalizado

Caso en el que es improcedente exigirlo.

Cuando la autoridad aduanera ordena la guarda y custodia de mercancía en recinto fiscalizado, a efecto de que tenga lugar el ejercicio de facultades de verificación propias y esa situación se extiende debido a que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente verifica el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, Normas Oficiales Mexicanas y demás obligaciones establecidas en la Ley Aduanera, en auxilio de la citada autoridad aduanera.

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