La presentación de la declaración complementaria

Una vez iniciadas las facultades de comprobación, se encuentra sujeta a las reglas del CFF.

De una interpretación sistemática de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, en relación con el artículo 32 del CFF, se advierte que es un derecho del contribuyente, corregir su situación fiscal con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación que lleven a cabo las autoridades fiscales, mediante la presentación de la declaración normal o complementaria que, en su caso corresponda, de conformidad con lo dispuesto en el CFF a partir del momento en el que se dé inicio al ejercicio de las facultades de comprobación y hasta antes de que se les notifique la resolución que determine el monto de las contribuciones omitidas.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.