- Fiscal
- febrero 05, 2021
Principio de inmediatez
Tratándose de verificación de vehículos o mercancías en tránsito que se trasladan al recinto fiscal.
En el procedimiento de verificación de vehículos en tránsito regulado en el artículo 150 de la Ley Aduanera, resulta permisible para la autoridad ordenar el traslado del vehículo o las mercancías al recinto fiscal, a efecto de que se lleve a cabo una revisión concienzuda que no es posible efectuar en el lugar en que es detenido el particular correspondiente.