Si no retuve el 6% de IVA, ¿es deducible ese gasto?

Análisis de las disposiciones que regulan el requisito de retener el impuesto.

En la nota “Cómo se interpreta el nuevo criterio del SAT sobre la retención de 6% de IVA” publicada por Fiscalia el 4 de febrero de 2020 se concluye que la aplicación del nuevo supuesto de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a una tasa del 6% no aplica a todos los servicios, sino que aplica únicamente a los servicios en que se pone personal a disposición del cliente.

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