Geolocalización obligatoria en servicios bancarios a partir de marzo 23, 2021

Inminente riesgo de seguridad por vulnerabilidad de información personal sensible.

A través de la Resolución que reforma, adiciona y deroga diversas de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de instituciones de Crédito, publicada el 22 de marzo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, se establece que los servicios de canales digitales de los bancos sólo podrán activarse si el cliente autoriza la geolocalización del dispositivo. La entrada en vigor de esta disposición está prevista para el martes 23 de marzo de 2021.

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