Renovación de e.firma: No puede condicionarse a cumplimiento de un tercero

Esta condicionante no está prevista en los supuestos del Código Fiscal de la Federación.

De conformidad con lo establecido en el quinto párrafo del artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), para efectos de las solicitudes de renovación del certificado de la firma electrónica avanzada (e.firma), la autoridad fiscal puede validar la información proporcionada por los contribuyentes ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), relacionada con su identidad, domicilio y en general sobre su 'situación fiscal', respecto de los solicitantes, representantes legales, socios o accionistas.

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