- Fiscal
- junio 04, 2021
Oportunidades para controvertir una norma autoaplicativa
En el juicio contencioso administrativo.
Conforme al artículo 2° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se admite la procedencia del juicio contencioso administrativo en contra de las disposiciones administrativas generales cuando son autoaplicativas o cuando el interesado los controvierta en unión del primer acto de aplicación.