Notificación electrónica a través de buzón tributario

No se regula por la regla 2.2.7 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2017, publicada en el DOF el 18 de julio de 2017.-

La notificación electrónica a través del buzón tributario constituye una actuación procedimental, la cual debe ajustarse a las formalidades previstas en las normas legales que regulan su ejecución y que estén vigentes en la fecha de su realización, esto es, conforme a lo dispuesto en los artículos 17-K y 134, fracción I, del CFF.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.