Pensiones. Para su cálculo debe ser aplicado el salario mínimo

Y no las Unidades de Medida y Actualización.

De conformidad con el artículo 123 de nuestra Carta Magna, los salarios mínimos generales deben ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural. De igual forma se establece que este no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza.

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