Reducción de 100% de IVA y IEPS en RIF a ingresos menores a $300,000 ¿Derogada?

Derogación de Regla 9.13. ¿Eliminación de extensión de facilidad o redundancia innecesaria?

La Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el Ejercicio 2021, en su Artículo 23, fracción II, inciso a) establece una facilidad para los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) cuyos ingresos del ejercicio anterior no superen la cantidad de $300,000. Esta facilidad consiste en que, por los ingresos obtenidos del público en general, apliquen una reducción del 100% tanto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) como del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), independientemente del año de tributación en el que se encuentren en el régimen.

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