- Fiscal
- septiembre 03, 2021
Pruebas supervenientes en el juicio contencioso administrativo
Oportunidad para ofrecerlas.
De la interpretación al artículo 40 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se desprende que el legislador estableció como presupuestos para el ofrecimiento de probanzas en este tipo de juicios, lo siguiente: