Contra la orden judicial de anotación preventiva registral

Respecto del inmueble litigioso, procede amparo indirecto pues constituye un acto de imposible reparación.

Hechos: Los Tribunales Colegiados contendientes resolvieron asuntos en los que era necesario determinar si procedía el amparo indirecto en contra de la orden judicial que ordena realizar una anotación preventiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio respecto del bien inmueble materia de la litis mientras se resuelve la controversia judicial a fin de dar publicidad a que el bien inmueble está en proceso litigioso.

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