Contribuyentes que hoy no llevan contabilidad pero en 2022 estarían obligados

Nuevas obligaciones en materia de contabilidad.

Adenda: Con fecha 27 de diciembre de 2021 se publica en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su Anexos 19. En esta, la Regla 3.13.19. establece que las personas físicas del Régimen de Actividades Empresariales y Servicios Profesionales y del Régimen de Arrendamiento cuyos ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de 4 millones de pesos o que inicien actividades en el ejercicio y estimen que sus ingresos obtenidos en el mismo no excederán de la cantidad señalada, quedarán relevados de enviar contabilidad electrónica en términos del CFF y de presentar la DIOT.

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