- Fiscal
- octubre 27, 2021
Notificación personal
Es legal la realizada respecto del oficio por el que la autoridad informa al representante legal del contribuyente, para que acuda a sus oficinas a conocer los hechos y omisiones detectados durante el procedimiento de fiscalización.
El artículo 42, párrafo quinto, del CFF, y la Regla 2.12.9 de la RMF para 2017, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2016, establecen que las autoridades fiscales deberán informar por medio de buzón tributario al contribuyente, a su representante legal, y a sus órganos de dirección por conducto de aquel, el derecho que tienen para acudir a las oficinas que estén llevando a cabo el procedimiento de que se trate, para conocer los hechos y omisiones que hayan detectado.