- Fiscal
- octubre 29, 2021
Devolución del saldo a favor
Reglas para el estudio de su procedencia y existencia en la sentencia.
Conforme a los artículos 40, primer párrafo; 50, quinto párrafo; y 52, fracción V, incisos a) y b), de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, si fue impugnada la resolución en la cual fue negada la devolución de un saldo a favor, estamos en presencia de un juicio de plena jurisdicción, y por ende, la parte actora no solo debe desvirtuar la presunción de legalidad de los fundamentos y motivos, sino además tiene la carga procesal para demostrar su derecho subjetivo a la devolución, y en ese orden debe examinarse en el fallo.