- Fiscal
- noviembre 19, 2021
Principio de idoneidad de la prueba
En el juicio contencioso administrativo federal.
De conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 40, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en el juicio contencioso administrativo federal son admisibles todo tipo de pruebas, excepto la confesional de las autoridades mediante absolución de posiciones y la petición de informes.