Principio de idoneidad de la prueba

En el juicio contencioso administrativo federal.

De conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 40, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en el juicio contencioso administrativo federal son admisibles todo tipo de pruebas, excepto la confesional de las autoridades mediante absolución de posiciones y la petición de informes.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.