Regla 2.2.7 de la RMF para 2018

No transgrede lo previsto en el artículo 17-K del CFF, al disponer la elección de entre dos mecanismos como medios de contacto para el envío del aviso electrónico previo a una notificación por buzón tributario.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17-K del CFF, las personas físicas y morales que tengan asignado un buzón tributario deberán consultarlo dentro de los tres días siguientes a aquel en que reciban un aviso electrónico enviado por el SAT, mediante los mecanismos de comunicación que el contribuyente elija de entre los que se den a conocer mediante reglas de carácter general. Por su parte, la regla 2.2.7 de la RMF para 2018 dispone la habilitación del buzón tributario y el registro de los medios de contacto, estableciéndose como medios de contacto disponibles a elegir:

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.