Extiende SAT límite de cancelación de CFDI 31 días más

Límite de fin de año se extiende al 31 de enero del año siguiente.

En la nota “La problemática que plantea la cancelación de CFDI en 2022” publicada por Fiscalia el 14 de septiembre de 2021, se destaca el nuevo requisito establecido en el Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) en el que se establece que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) sólo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan y siempre que la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación; es decir, los CFDI sólo podrían cancelarse dentro del mismo ejercicio fiscal en que fueron expedidos.

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