Complemento de Recepción de Pagos: Plazo se reduce a 5 días

Modificación a la Regla Miscelánea 2.7.1.35.

Cuando las contraprestaciones no se paguen en una sola exhibición, se emitirá un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por el valor total de la operación en el momento en que esta se realice y posteriormente se expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se reciban, en el que se deberá señalar 'cero' en el campo 'Total', sin registrar dato alguno en los campos 'método de pago' y 'forma de pago', debiendo incorporar al mismo el 'Complemento para recepción de pagos' (CRP) que al efecto se publique en el Portal del SAT.

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