- Fiscal
- enero 18, 2022
RIF y Plataformas Digitales en 2022 ¿Compatibles?
Qué sucede con las reglas no incluidas en la RMF 2022.
La Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) establece en su Artículo 113-B, fracción II, que podrán optar por el esquema de pagos definitivos del Régimen de Plataformas Digitales (RPD) las personas físicas con ingresos provenientes de salarios y asimilados e intereses. No obstante, la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021 contiene la Regla 12.3.8, que permite podrán continuar tributando en el RIF y en el RPD paralelamente.