Subcontratación de servicios especializados: ¿Se configura en inmueble ajeno?

Si el inmueble no es propiedad ni responsabilidad del contratante, no se configura obligación de REPSE.

En un caso planteado ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) en el que, derivado de un contrato de comisión mercantil celebrado con una tienda de conveniencia, comitente se obliga a conferir al comisionista diversos productos, mercancías y artículos para que este último lleve a cabo su venta y promoción, a su vez, cuenta con personal propio calificado que lo auxilie en el desempeño de su carácter de comisionista, así como con un local para el desarrollo de la actividad, se pide a la Procuraduría orientación sobre la obligación de inscribirse en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE), partiendo del supuesto explicado.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.