Aplicación retroactiva en materia fiscal: No procede

Si en el contexto constitucional la aplicación retroactiva en beneficio del gobernado procede, no aplica en materia fiscal.

La Primera Sala de la SCJN ha dispuesto en la tesis aislada siguiente, publicada en diciembre de 2006, que en materia fiscal la aplicación retroactiva en beneficio del gobernado no es aplicable, partiendo de la base que las normas fiscales son de interpretación estricta.

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