- Fiscal
- marzo 22, 2022
Si no retuve el 6% de IVA en 2021, ¿es deducible ese gasto?
Análisis de las disposiciones que regulan el requisito de retener el impuesto.
Durante 2020 y una parte de 2021 estuvo vigente un supuesto de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a una tasa del 6% sobre servicios de subcontratación de personal, actividad que quedó prohibida a partir de la reforma en materia de subcontratación laboral, a partir de septiembre de 2021, por lo que de enero a agosto de 2021 sí estuvo vigente esta retención, de ahí la importancia del análisis que se presenta en este artículo.