¿Está un transportista extranjero obligado a emitir carta de porte?

Reglas para que los extranjeros amparen el traslado de mercancías en territorio nacional.

El Artículo 20 de la Ley Aduanera establece que las empresas porteadoras y sus representantes en territorio nacional, los capitanes, pilotos, conductores y propietarios de los medios de transporte de mercancías materia de entrada o salida del territorio nacional, están obligados, entre otras cosas, a inscribirse en el registro de empresas porteadoras que al efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas, padrón en el que se obtiene el Código Alfanumérico Armonizado del Transportista del Registro de Empresas Porteadoras (CAAT).

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