Plazo para presentación de papeles de trabajo del dictamen fiscal

Cómputo de plazo para la presentación de los papeles de trabajo.

De conformidad con el numeral 6 de la fracción II, del artículo 55 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF), el Contador Público Inscrito (CPI) que haya firmado un dictamen fiscal debe presentar la evidencia que demuestra la aplicación de los procedimientos de revisión de la situación fiscal del contribuyente a que se refiere el Artículo 57, último párrafo del RCFF, dentro de los treinta días siguientes a la presentación del dictamen fiscal, a través de medios electrónicos.

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