Estímulo en materia de IA no es exención

No es lo mismo gozar de un estímulo que estar exento del pago de un impuesto.

En relación con el artículo publicado por Fiscalia el 20 de febrero de 2007 en la sección Actualidades, titulado Decreto de estímulo de Impuesto al Activo 2007, en el que se aclara que el beneficio en materia de este impuesto tiene consideraciones especiales por tratarse de un estímulo y no una exención, es oportuno dar a conocer la siguiente tesis de la Primera Sala de la Corte en la que se define que dicho beneficio consiste en un estímulo y no en una exención.

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