- Fiscal
- diciembre 23, 2022
Entre uno y cinco emails para el Buzón Tributario: Legal
El legislador habilitó a la autoridad para elegir de entre varios medios de comunicación.
El hecho de que las reglas 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2015, y 2.2.7. para las RMF para 2016 y 2017, respectivamente, establezcan que para elegir el mecanismo de comunicación a través del que se ha de recibir el aviso de notificación de que existen mensajes en el buzón tributario, los contribuyentes 'ingresarán una y máximo cinco direcciones de correo electrónico', no transgrede el Artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación (CFF), pues prevén con claridad, de entre todos los medios de comunicación existentes, el que será utilizado para poder recibir los avisos, sin importar que se trate de un solo tipo de vía de comunicación.