Vence plazo para que PF del RESICO emitan CFDI sin e.firma

Personas físicas del RESICO deben tener activa su e.firma a partir del 1 de enero de 2023.

A través del Décimo Sexto Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, se establece la facilidad para las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), de expedir los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) a través de las aplicaciones 'Factura fácil' y 'Mi nómina' de 'Mis cuentas', haciendo uso de la facilidad de sellar el CFDI sin la necesidad de contar con el certificado de firma electrónica (e.firma) o de un Certificado de Sello Digital (CSD) hasta el 31 de diciembre de 2022.

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