- Fiscal
- agosto 03, 2007
Honorarios o gratificaciones a funcionarios de la empresa
Deducción y retención de los pagos por este concepto a funcionarios de cierta jerarquía.
Los pagos por concepto de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, deben reunir una serie de requisitos para su deducibilidad de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).