Vencimiento de declaración anual de PM: ¿31 de marzo o 3 de abril?

Análisis de las disposiciones vigentes, interpretaciones y pronunciamientos de la autoridad.

La declaración anual de las personas morales debe presentarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la que termine el ejercicio fiscal, así lo prevé el tercer párrafo del Artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).

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