La opción para recuperar el IVA acreditable en período preoperativo no ocasiona

Puesto que no contraviene el Artículo 146 del CFF.

Las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales, sin perjuicio del acreditamiento de los impuestos indirectos a que tengan derecho los contribuyentes. Por su parte, la obligación de la autoridad a la devolución, prescribe en los mismos términos y condiciones que el crédito fiscal.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.