Acuse de información de notificación por estrados

No constituye prueba idónea para acreditar publicación electrónica.

Al llevar a cabo una notificación por estrados, la autoridad debe fijar el documento que contiene el acto respectivo en un sitio abierto al público de las oficinas de la autoridad y publicarlo, además, durante el mismo plazo, en la página electrónica correspondiente, dejando constancia de ello en el expediente respectivo.

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