Personas con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos
La Regla 3.10.10 de la RMF para 2021, al prever que deben presentar la declaración informativa para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos y actividades destinadas a influir en la legislación, aun cuando no los hayan recibido, viola los principios de reserva de ley y de subordinación jerárquica.
Hechos: El SAT impuso multa a una asociación civil autorizada para recibir donativos por incumplir con la declaración informativa prevista en el artículo 82, párrafo primero, fracción VI, de la Ley del ISR, en relación con la regla 3.10.10. de la RMF para 2021, publicada en el DOF de 29 de diciembre de 2020. La Sala del TFJA reconoció su validez, por lo que aquélla promovió juicio de amparo directo.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la regla 3.10.10. de la RMF para 2021, al prever que las personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos deben presentar la declaración informativa para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos y actividades destinadas a influir en la legislación, aun cuando no los hayan recibido, viola los principios de reserva de ley y de subordinación jerárquica.