- Fiscal
- septiembre 13, 2023
Transferencia de datos personales de servidores públicos sin su consentimiento
La protección de datos de servidores públicos se equilibra con medidas anti-corrupción.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictaminado que el artículo 70, fracción III, de la Ley General de Protección de Datos Personales no infringe el derecho a la protección de datos personales al permitir que se transfieran las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos sin su consentimiento para propósitos judiciales, siempre y cuando esté debidamente justificado. A pesar de que la Constitución Mexicana asegura ampliamente el derecho de las personas a controlar su información, se establecen excepciones para los datos de los servidores públicos debido a objetivos anti-corrupción. Estos servidores, al ingresar al servicio público, saben que deben presentar dichas declaraciones, alterando la expectativa de privacidad sobre su información patrimonial.