Omisión de entero de retenciones: Equiparable a defraudación fiscal

Constitucional la sanción, pues se busca proteger al erario de posibles daños o amenazas.

El Artículo 109, fracción II, del Código Fiscal de la Federación (CFF) estipula que aquellos que no entreguen a tiempo a las autoridades fiscales las cantidades retenidas o recaudadas por concepto de contribuciones enfrentarán las mismas sanciones que por defraudación fiscal.

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