Impuesto a la emisión de gases contaminantes a la atmósfera

No viola principio de legalidad tributaria.

El Artículo 69-S del Código Financiero del Estado de México no infringe el principio de legalidad tributaria en relación con el impuesto sobre la emisión de gases contaminantes, ya que, aunque no especifica directamente el hecho gravable, su interpretación debe ser conjunta con los artículos 69-S Bis a 69-S Sexies.

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