Reconocimiento expreso o tácito de adeudo: Interrumpe prescripción

El reconocimiento puede ocurrir de múltiples formas, no es necesario un catálogo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México analizó un caso donde una empresa constructora, tras ser determinada deudora fiscal por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), usó diversos medios de defensa, todos resueltos a favor del SAT. La empresa argumentó en un juicio de nulidad que el crédito fiscal había prescrito, pero el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) validó la resolución original.

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