Contradicción de criterios anterior: Cosa juzgada

Resulta improcedente cuando existe una contradicción de criterios anterior.

La contradicción de criterios no es válida cuando se actualiza la cosa juzgada. Esto se basa en una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que establece que la cosa juzgada se sustenta en la Constitución. Para que la cosa juzgada se actualice en un nuevo juicio, es necesario que se cumplan tres condiciones: que la materia del litigio, las causas y las personas sean las mismas que en un juicio anterior ya resuelto.

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