Repartidores de aplicaciones: Sin interés jurídico para impugnar 2%

Aprovechamiento por uso de infraestructura.

El 26 de diciembre de 2023, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que el pago por aprovechamiento de la infraestructura de la Ciudad de México no aplica a quienes realizan reparto. Este fallo establece que individuos o entidades dedicadas únicamente a la entrega de productos, paquetería, mensajería o que actúan como repartidores tercerizados mediante aplicaciones o plataformas móviles, no tienen interés jurídico para impugnar la inconstitucionalidad del artículo 307 TER del Código Fiscal de la Ciudad de México.

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