- Fiscal
- enero 18, 2024
Compensación realizada por sujetos en revisión: Constitucional
Por ser situaciones distintas, no implica una “compensación universal”.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la constitucionalidad de los párrafos sexto a décimo octavo del Artículo 23 del Código Fiscal de la Federación de (CFF) 2023. Este artículo regula el procedimiento de compensación fiscal para los contribuyentes sujetos a facultades de comprobación por parte de la autoridad fiscal. Se establece que estos contribuyentes pueden autocorregirse compensando saldos a favor o pagos indebidos contra cantidades adeudadas, cumpliendo ciertas formalidades; sin embargo, esto no implica un procedimiento de compensación universal solo para estos contribuyentes.