Covid-19 como enfermedad profesional: Carga de la prueba

Forma de distribuir la carga probatoria.

Cuando los beneficiarios de un trabajador fallecido demandan al empleador prestaciones de seguridad social por su muerte debido al virus SARS-CoV2, se establece una división de la carga de la prueba. Si el empleador no demuestra que la enfermedad se originó por causas ajenas al trabajo, se presume que es una enfermedad profesional. Los beneficiarios deben probar que el trabajador falleció a causa del virus, lo cual puede hacerse con cualquier medio de prueba adecuado, sin necesidad de un dictamen pericial dentro del juicio. El empleador debe demostrar que la enfermedad se originó por causas no relacionadas con el trabajo, incluso si el trabajador usó equipos de protección. Si el empleador no cumple con esta prueba y se demuestra que los síntomas aparecieron en un lapso de 12 días antes de manifestarse, se presumirá que la enfermedad es profesional.

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