IMSS tiene cinco años para determinar capitales constitutivos

A partir del momento en que tiene conocimiento del hecho generador de la obligación.

El Artículo 79 de la Ley del Seguro Social establece que el Instituto debe calcular y cobrar los capitales constitutivos al iniciar la atención médica. Aunque no se especifica una sanción si la autoridad no lo hace, los artículos 79, 287 y 297 de la misma ley indican que los capitales constitutivos son créditos fiscales. Por lo tanto, el Instituto Mexicano del Seguro Social tiene un plazo de cinco años para determinar estos capitales, a partir del momento en que tiene conocimiento del hecho generador de la obligación, que ocurre cuando el trabajador o sus beneficiarios solicitan y reciben el servicio del Instituto.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.