Garantía del Interés Fiscal: Obligación solidaria y requisitos legales

Su aceptación debe atender al cumplimiento de requisitos legales.

De acuerdo con los artículos 141, fracción IV, y tercer párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF), así como los artículos 83, 84 y 87 de su Reglamento, los contribuyentes tienen la posibilidad de garantizar el interés fiscal mediante la modalidad de obligación solidaria asumida por un tercero que demuestre su idoneidad y solvencia. Uno de los requisitos clave para las personas morales es que el monto de la garantía no debe exceder el 10% de su capital social pagado.

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