Interrupción de prescripción de prestaciones de seguridad social

Con la presentación de la solicitud de conciliación prejudicial.

La prescripción de las prestaciones de seguridad social se interrumpe al presentar la solicitud de conciliación prejudicial. Aunque la jurisprudencia 2a./J. 104/99 no menciona esta interrupción, el nuevo sistema de justicia laboral exige agotar la instancia prejudicial. Así, el plazo prescriptivo se interrumpe con la presentación de la solicitud ante el Centro de Conciliación, según el artículo 521, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo.

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