Tasa 0% para servicios prestados en extranjero: Necesaria fecha cierta

Contrato en copia simple no genera convicción jurídica suficiente.

En el contexto de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) vigente en 2019, el numeral 29, fracción IV, prevé la aplicación de una tasa de 0% al valor de la enajenación de bienes o prestación de servicios en ciertos casos específicos. Esto se refiere particularmente al aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país, correspondientes a la asistencia técnica, servicios técnicos e información relativa a experiencias industriales, comerciales o científicas.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.