En materia de compensación universal no hay derechos adquiridos

Contribuyentes deben ajustarse a normatividad vigente.

En el año 2018, el Artículo 23 del Código Fiscal de la Federación establecía el esquema de compensación universal. Este esquema permitía a los contribuyentes, que estaban obligados a pagar mediante declaración, la opción de compensar las cantidades a su favor contra aquellas que debían pagar por adeudo propio o por retención a terceros. Esta compensación aplicaba siempre y cuando los impuestos involucrados fueran federales, administrados por la misma autoridad, no tuvieran destino específico y no fueran causados por la importación, incluyendo sus accesorios.

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